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Prohibir la pornografía extrema e impedir el acceso de menores a Onlyfans. Dos cuestiones que la nueva legislación no debe olvidar

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Tasia AránguezUniversidad de Granada

Enfoque

Actualmente nuestro país se dispone a legislar sobre protección de los menores en internet. Uno de los aspectos centrales de la nueva legislación será la protección frente a la pornografía, pues se trata de una exigencia del derecho europeo.

En los años anteriores ya se aprobaron normas relevantes en la materia. La Ley de Protección a la Infancia señala que deben ponerse en marcha sistemas eficaces de verificación de edad que impidan el acceso de los menores a la pornografía. La Ley de Comunicación Audiovisual establece que pueden ser multadas, con sanciones de cientos de miles de euros, las páginas que de facto permitan el acceso de los menores (por ejemplo, las que solo tienen una inútil casilla que dice ¿eres mayor de edad?).

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y la Agencia Española de Protección de Datos son los organismos encargados de vigilar y sancionar a las páginas pornográficas.  Ambos organismos están diseñando y ensayando certificados digitales que garanticen una verificación de edad efectiva y que todos los dispositivos electrónico lleven incorporado por defecto un sistema de control parental que impida el acceso a páginas pornográficas.

Por su parte, la Ley de Libertad sexual y la Ley  de Salud sexual y reproductiva exigen la introducción de contenidos de educación sexual en las aulas frente a la pornografía, puesto que esta naturaliza la violencia sexual.

Las obligaciones se aplican también a Onlyfans y a las Redes Sociales 

Es necesario señalar que las obligaciones del derecho europeo para las páginas web (Directiva de Servicios de Comunicación audiovisual de 2018 y Reglamento de Servicios Digitales, 2022) no son aplicables solo a las páginas pornográficas, sino también a Onlyfans y a las redes sociales. Esto significa que el certificado digital  de verificación de edad también deberá exigirse para el registro y acceso diario a una red social que permita contenidos pornográficos. Por ejemplo, la red X (twitter) ha anunciado que va a permitir pornografía. La red social deberá tener medidas eficaces que excluyan el acceso de los menores y, en caso de que no ponga los medios suficientes para su protección, podrá recibir cuantiosas multas de la CNMC o la AEPD (organismos españoles antes mencionados).

El legislativo no debe olvidar legislar sobre el acceso a las redes sociales que permitan pornografía, centrándose particularmente en Onlyfans y análogas. En el caso de Onlyfans, los mecanismos de acceso deben ser especialmente fuertes, pues el riesgo para los menores no radica solo en que pueden estar expuestos al visionado de pornografía, sino que las niñas y adolescentes pueden ser víctimas de depredadores que acuden a dicha red social con la finalidad de solicitar a estas adolescentes imágenes y vídeos ilegales de pornografía infantil. Varias investigaciones policiales han puesto de manifiesto ese particular.

Las medidas de educación sexual introducidas por la legislación también deben referirse al fenómeno de la cosificación sexual de las jóvenes en redes sociales, la obsesión insana con la belleza, la normalización de filtros y cirugías, y, en particular, al peligro de las redes pornográficas como Onlyfans.

Odio contra las mujeres y pornografía extrema

El legislativo español por el momento está ignorando un importante mandato del derecho europeo e internacional. La Recomendación número 19 del Comité de la CEDAW (ONU) señala que la pornografía difunde una imagen deshumanizante de la mujer y contribuye a la violencia machista. En la línea de esta recomendación, no podemos ignorar que la pornografía difunde una imagen sexista de las mujeres y se sustenta sobre la explotación sexual, la trata y los abusos, humillaciones y violaciones reales, de miles de mujeres y adolescentes. La pornografía debería ser rechazada con firmeza desde la educación sexual, disuadiendo de su consumo. Simultáneamente consideramos imprescindible avanzar en la abolición de la prostitución que la sustenta, así como en la persecución de los delitos cometidos contra la sexualidad de sus víctimas.

Además de eso, hay obligaciones concretas que impone el derecho europeo en relación con la pornografía extrema. La Directiva UE de Comunicación Audiovisual (2018) señala que los Estados deben prohibir la pornografía que incite a la violencia sexista, racista o discriminatoria por otras causas. España no ha incluido en su legislación una definición de esta pornografía discriminatoria ilegal ni mecanismos de multas y bloqueo para perseguirla. Es necesario legislar para que los organismos públicos competentes puedan retirar y multar los contenidos de sexismo extremo. Así lo hacen ya países como Reino Unido y Australia, que prohíben la difusión, producción y consumo de pornografía extrema (definen como extrema aquella que parezca ser de mujeres inconscientes, que aparente sexo no consentido, y la que daña ano, vagina o pezones).

Por último, hay que valorar las posibilidades que ofrece la categoría jurídica del discurso de odio para perseguir penalmente la producción, difusión o consumo de aquellas manifestaciones pornográficas más odiosas (incluso si es en formato hentai o literario): las extremadamente violentas contra las mujeres, las que promuevan la pederastia, así como aquellas que incluyan racismo o promoción del exterminio.

Preguntas y comentarios al autor/es

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      Roberto Cruz Palmera

      Comentó el 26/07/2024 a las 21:02:41

      Estimada Tasia, buenas tardes:
      Al hilo del planteamiento elaborado, ¿Cómo pueden las nuevas legislaciones sobre la prohibición de la pornografía extrema y la restricción del acceso de menores a plataformas como OnlyFans equilibrar la protección de derechos individuales con la necesidad de salvaguardar a los menores, considerando los desafíos de implementación tecnológica, las implicaciones sobre la libertad de expresión y el potencial impacto en la regulación del contenido digital?
      Un saludo
      Roberto

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      Elena García Testal

      Comentó el 26/07/2024 a las 09:59:41

      Buenos días,
      Qué interesantes tus observaciones sobre las necesidades de intervención legislativa en estas cuestiones. La protección de los menores y jóvenes requiere una intervención dados los datos de visualización por menores de edad y las dificultades para el tratamiento igualitario de las mujeres y la violencia sobre ellas.
      Enhorabuena!
      Elena

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      Antonio Domínguez Domínguez

      Comentó el 25/07/2024 a las 09:12:24

      Buenos días:

      ¿Cómo se está abordando en la legislación española la implementación de sistemas de verificación de edad para proteger a los menores de los contenidos pornográficos en las redes sociales y plataformas como OnlyFans, y qué mecanismos específicos se están considerando para garantizar su eficacia?

      Un saludo,

      Antonio


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